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Suprema Corte determina que no procede sanción administrativa contra Yasmín Esquivel por supuesto plagio de tesis


  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que no se puede imponer responsabilidad administrativa a sus integrantes sin un marco legal claro que regule el procedimiento y las sanciones aplicables.

En una decisión adoptada por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que no procede imponer sanción administrativa a la ministra Yasmín Esquivel Mossa por la acusación de haber plagiado su tesis de licenciatura. El tribunal constitucional argumentó que actualmente no existe un marco normativo específico que regule la investigación y sanción de faltas administrativas imputables a las ministras y ministros de la Corte.

El caso se remonta a enero de 2023, tras una serie de denuncias originadas por una publicación del académico Guillermo Sheridan, quien documentó presuntas coincidencias sustanciales entre la tesis de Esquivel y un trabajo previo.

La resolución, adoptada en una sesión privada con la participación de los diez integrantes del Pleno, se fundamenta en un proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. La ministra Esquivel no se excusó de participar en la deliberación y votación del asunto.

Fundamento jurídico de la decisión

El criterio sostenido por la Corte señala que, en ausencia de una legislación que defina con claridad el catálogo de faltas administrativas, su gravedad, las sanciones correspondientes y el procedimiento aplicable, no es posible atribuir responsabilidad administrativa a los miembros del máximo tribunal.

En el documento público que detalla la resolución —divulgado este viernes y reportado inicialmente por el diario Reforma— se argumenta que las garantías de independencia judicial otorgadas por la Constitución a ministras y ministros frente a eventuales responsabilidades políticas o penales deben extenderse también al ámbito administrativo.

Citando el fallo, el Pleno expresó:

“Una interpretación sistemática y funcional del marco constitucional vigente permite sostener que actualmente ya no se sostiene la vigencia del Acuerdo General Plenario 9/2005, tratándose de faltas administrativas atribuidas a las ministras y los ministros de la Suprema Corte”.

La Corte consideró además que permitir la aplicación de sanciones administrativas sin un sustento legislativo adecuado vulneraría el principio de independencia judicial, al posibilitar medidas que podrían interrumpir gravemente la función jurisdiccional, tales como la suspensión, destitución o inhabilitación del cargo.

Consecuencias institucionales

Con esta resolución, la SCJN cierra el camino a cualquier procedimiento sancionador administrativo contra Esquivel Mossa, al menos mientras no exista un marco legal específico aprobado por el Congreso de la Unión.

El fallo también representa un precedente relevante sobre los límites del régimen de responsabilidades administrativas en el Poder Judicial de la Federación, y reitera la necesidad de una legislación que regule expresamente las condiciones bajo las cuales pueden sancionarse a los integrantes del alto tribunal sin afectar su autonomía.

La Gaceta Yucatán—Redacción.

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