- Tribunal Electoral de Yucatán cierra la puerta a juicio ciudadano por magistratura: faltó interés jurídico
- En una resolución que refuerza los límites legales de la participación ciudadana en procesos electorales, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán desechó un juicio promovido contra la designación de una magistratura del Poder Judicial local, al considerar que el demandante carecía de legitimación jurídica.
El Pleno del Tribunal resolvió de manera unánime desechar el juicio ciudadano identificado bajo la clave JDC-058/2025, promovido contra la declaración de validez de la elección y la entrega de constancia de mayoría relativa correspondiente a la Magistratura Decimocuarta del Poder Judicial de Yucatán.
De acuerdo con el comunicado oficial, la decisión se sustentó en la falta de interés jurídico y legítimo por parte del promovente, al no acreditar una afectación directa e inmediata a sus derechos político-electorales. Es decir, no tenía una relación jurídica concreta que lo habilitara para impugnar la designación.
Falta de sustento jurídico en la impugnación
En el escrito inicial, la persona promovente argumentó que existían denuncias penales e inhabilitación en contra del candidato que fue electo, lo que —a su juicio— debió impedir la validación del nombramiento. Sin embargo, el Tribunal puntualizó que tales señalamientos no generan, por sí mismos, legitimación activa, si no hay un vínculo directo con los derechos político-electorales del promovente.
El artículo 79 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, aplicado de forma supletoria conforme al Noveno Transitorio del Decreto 55/2025, establece que solo pueden promover juicios ciudadanos aquellas personas que acrediten interés jurídico, es decir, una afectación concreta derivada del acto impugnado.
Estabilidad institucional frente a impugnaciones infundadas
Este criterio tiene una razón práctica y sistémica: evitar que el sistema electoral se vea saturado de impugnaciones que no cumplen con los estándares legales mínimos. Según el propio Tribunal, este tipo de filtros procesales preservan la estabilidad institucional y la eficacia de los recursos jurídicos, evitando litigios carentes de fundamento o motivación personal.
La resolución del Tribunal no entra al fondo de las acusaciones vertidas sobre el candidato electo, pues el juicio fue desechado en la etapa preliminar. Con ello, el órgano jurisdiccional reafirma su papel como garante de la legalidad y la certeza jurídica en el proceso electoral, pero también como filtro ante el uso político o especulativo de los mecanismos de impugnación.
Contexto: elección judicial en el foco
La Magistratura Decimocuarta del Poder Judicial de Yucatán ha sido objeto de atención debido a señalamientos extraoficiales sobre el perfil del designado. Sin embargo, en ausencia de impugnaciones con sustento legal, el proceso se mantiene firme.
La resolución refuerza la tendencia de los tribunales electorales a blindar los cargos del Poder Judicial ante impugnaciones de carácter general o abstracto, subrayando que no basta con señalar presuntas irregularidades, sino que se requiere una legitimación clara, directa y documentada para que un juicio ciudadano prospere.
La Gaceta Yucatán—Redacción.